Texto: "Prontuario del Abogado" 1977 |
Transcribo literalmente el texto señalado:
"El Poder (notarial) otorgado por mujer soltera que luego se casa, carece de validez. Si mujer soltera otorga Poder a Procurador para pleitos, si después se casa, no es válido este poder para iniciar el pleito después del matrimonio"
Así lo entendía el Tribunal Supremo en 1961.
¿Por qué no era válido este documento?, porque después del matrimonio, la mujer soltera ya tenía un marido que debía concederle su permiso y su supervisión para que la esposa recién escriturada pudiera acudir al juzgado para defender sus intereses.
Si la mujer permanecía soltera podía acudir al juzgado mientras no tuviera un señor que la tutelase. Ahora bien, debo indicar que en muchas ocasiones el abogado, incluso el juez, consultaba al padre de la mujer soltera para asegurarse de que su propósito estaba respaldado por una infalible figura masculina.
Es más, ellas mismas adoptaban un `paterfamilias´que las tutelase y hablara por ellas. La rebelión no se pide, se empuña.
Melody Gardot
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